Las Grandes Empresas y los integrantes del Sistema Nacional de Ciencia, TecnologÃa e Innovación, deberán efectuar aportes anuales sobre la base de sus ingresos brutos según la actividad a la que estén dedicadas:
Los integrantes del Sistema Nacional de Ciencia, TecnologÃa e Innovación, que comercialicen propiedad intelectual de bienes y servicios: entre 0,1% y 0,5%.
Las grandes empresas de hidrocarburos: 2%
Las grandes empresas mineras y eléctricas:1%
Las grandes empresas de otros sectores productivos: 0,5%